Cursos homologados para oposiciones

Comisión de selección

La comisión de selección, también llamada Comisión Permanente de Selección (CPS), es el órgano colegiado que se encarga de la realización de los procesos selectivos para ingreso en los Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado. 

Es la institución que determina las normas que debe haber en las oposiciones para acceso a una plaza pública y el desarrollo de su prueba. También denominado tribunal de selección o tribunal calificador, resuelve las oposiciones y concursos para el acceso al empleo público. 

Por tanto, la comisión de selección se encarga de realizar los procesos de selección para los siguientes Cuerpos del Estado:

  • General Auxiliar de la Administración del Estado 
  • Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado
  • Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado
  • Gestión de la Administración Civil del Estado 
  • Escala de Gestión de Organismos Autónomos
  • Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado

Por otro lado, quienes componen la comisión de selección deben ser funcionarios de carrera de Cuerpo o Escalas para cuyo acceso es obligatorio poseer un nivel de titulación igual o superior al Cuerpo o Escala vayan a intervenir como órgano. Y estos componentes deben ser nombrados por el titular de la Secretaría de Estado de Función Pública. 

El comité de selección está compuesto por: 1 Presidente, 13 Vocales y 1 Secretariado. En él, según el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, responde al principio de presencia equilibrada que debe haber en el comité respecto a mujeres y hombres.

Todos estos componentes de la comisión de selección tienen una funciones que cumplir como órgano oficial del Estado:

  • Hacer funcionar los procesos de selección de cada convocatoria, fijando las instrucciones más oportunas y verificando que se cumple de manera correcta el proceso de selección celebrado. 
  • Fijar aquellos criterios de actuación que vienen dados en las bases de la convocatoria que tienen que dirigir los procesos selectivos.
  • Calificar cada prueba que compone el proceso de selección.
  • Dar reporte del desarrollo de las pruebas selectivas al titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública. 
  • Confeccionar la Memoria Final tras haber realizado las pruebas de selección y evaluar los resultados obtenidos.
  • Analizar, reflexionar y proponer a la Secretaría del Estado de Función Pública los cambios y mejoras para los futuros procesos selectivos. 

Desde 2017, el número de plazas convocadas, y por consiguiente, el número de aspirantes a tales ofertas, han ido aumentando sustancialmente estos últimos años, incrementando así la carga y dificultad de la gestión de la oferta de empleo público encargada a la Comisión de Selección. Como órgano de apoyo tiene a la Subdirección de Selección del Instituto Nacional de Administración Pública. 

Además de los componentes que forman la comisión de selección nombrados anteriormente, pueden constituirse Unidades para colaborar temporalmente en los procesos de selección con las competencias y ordenación administrativa encomendadas para cada prueba selectiva. Estas Unidades estarán formadas por un Presidente y un máximo de cuatro Vocales (uno de ellos será el Secretario). 

Esta Unidad de colaboración local será nombrada y cesada por la Dirección de Selección del Instituto Nacional de Administración Pública. También se puede unir a la Comisión de Selección a modo de apoyo o asesor un personal colaborador que asistirá a las reuniones de ésta convocada, y ejercerá las funciones de conformidad.

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